ADERSUR publica la nueva convocatoria de ayudas LEADER para la comarca Sierra Suroeste de Extremadura
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24 de septiembre de 2024 Fuente: ADERSUR
Nueva convocatoria de ayudas públicas Metodología LEADER (Ref. Convocatoria LEADER 2/2024 023) gestionadas por ADERSUR.
La presente convocatoria tiene por objeto convocar ayudas incluidas en la Submedida 19.2. Apoyo para la realización de las operaciones DE EQUIPAMIENTO Y BIENES DE EQUIPOS conforme a la estrategia de desarrollo local participativo del PDR de Extremadura 2014-2020 prorrogado, y en consonancia, con los objetivos de la “Estrategia de Desarrollo Local Participativo de Sierra Suroeste. Leader 2014-2020”.
El PDR de Extremadura FEADER 2014-2022 ha sido modificado mediante DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN, de 10-12-2021, por la que se aprueba la modificación del programa de desarrollo rural de Extremadura (España) a efectos de la concesión de ayudas del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y se modifica la Decisión de Ejecución C (2015) 8193, de 18 de noviembre de 2015 (C) (2021) 9461 final).
El ámbito geográfico de aplicación será el de la comarca Sierra Suroeste de Extremadura incluyendo los municipios de Fregenal de la Sierra; Higuera la Real; Jerez de los Caballeros; Oliva de la Frontera; Salvaleón, Salvatierra de los Barros, Valencia del Mombuey, Valle de Matamoros, Valle de Santa Ana y Zahinos.
Serán objeto de subvención, las siguientes actuaciones amparadas por los Art, 12 , 13,14 y 15, de la Orden de 18 de Noviembre de 2020 por la que se regula el sistema de ayudas bajo metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo rural 2014-2020.

- ACTUACIÓN 1 (Art. 12.) - Inversiones en la Creación y Desarrollo de Empresas y actividades no agrícolas en zonas rurales, conforme a la Orden de 18 de noviembre de 2020.
- ACTUACIÓN 2 (ART. 15) Mantenimiento, recuperación y rehabilitación del Patrimonio rural, conforme a la Orden de 18 de noviembre de 2020.
- ACTUACIÓN 3 (Art. 13). Servicios básicos para la economía y la población rural, conforme a la Orden de 18 de noviembre de 2020.
- ACTUACIÓN 4 (Art.14). -Renovación de poblaciones en las zonas rurales, conforme a la Orden de 18 de noviembre de 2020.
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