El Fondo de Desarrollo Territorial y Rural de Aragón para Municipios y Comarcas 2014, 'a un clic '
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10 de marzo de 2014 Fuente: Aragondigital.es
Su objeto es el fomento de actuaciones para mejorar la calidad de vida en las zonas rurales.
La Dirección General de Administración Local del Gobierno de Aragón ha puesto en marcha la página web http://fedala.aragon.es/ o http://fondodesarrolloterritorialyrural.aragon.es/ en la que todos los municipios y comarcas aragonesas pueden encontrar toda la información disponible sobre el Fondo de Desarrollo Territorial y Rural de Aragón que ha puesto en marcha el Departamento de Política Territorial e Interior.
Se trata de un fondo, dotado con 20 millones de euros, que fue incluido en la Ley de Presupuestos de Aragón para 2014, y que está cofinanciado por el Gobierno de Aragón y la Unión Europea a través de los fondos FEADER.
Su objeto es el fomento de actuaciones para mejorar la calidad de vida en las zonas rurales y fomentar la diversificación de la actividad económica.
En dicho fondo existen dos líneas cuya gestión corresponde al Departamento de Política Territorial e Interior, a través de la Dirección General de Administración Local, una para municipios, dotada con 8 millones de euros y otra para comarcas, dotada con 12 millones de euros.
En la web, que ya está disponible, se pueden consultar las características fundamentales de este fondo, la normativa aplicable, la relación descriptiva de las actuaciones subvencionables, y se puede encontrar respuesta a las preguntas más habituales.
Características de las líneas de subvenciones
La selección de los beneficiarios se realizará a través de convocatorias públicas de concurrencia competitiva. El destino de las subvenciones es la financiación de inversiones, tanto ejecución de obras como adquisición de equipamientos. No se financia, por tanto, gasto corriente.
Las actuaciones subvencionadas deben estar a finales de 2014 en condiciones de poderse poner en servicio al ciudadano. Por otra parte, se financia el 100% de la actuación, pero se excluye el pago del IVA, que deberá ser abonado por el beneficiario.
Se trata de subvenciones que están sujetas a estrictos y rigurosos controles documentales y de ejecución de las actuaciones a lo largo de todo el procedimiento de gestión. La cuantía de la subvención se abona una vez justificado el pago por parte del beneficiario.
El número de solicitudes que pueden presentarse en la convocatoria de 2014, está limitado a tres en el caso de municipios, y a cinco, en el caso de comarcas, para evitar una acumulación excesiva en algunos beneficiarios en detrimento de otros.
El presupuesto mínimo para obras es de 30.000 euros y para equipamientos, 12.000 euros, en el caso de comarcas. Para municipios el límite mínimo tanto para obras como para equipamientos es 6.000 euros.
Entre las preguntas más frecuentes que pueden encontrar respuesta en http://fedala.aragon.es están la concurrencia de subvenciones, y para el pago del IVA, el plazo de pago de la subvención, la fecha de justificación, la posibilidad de financiar una determinada fase, la financiación adquisición de suelo y proyectos, gastos plurianuales, obras o equipamientos ya contratados y equipamientos de segunda mano.
Igualmente, en esta herramienta se colgarán las noticias que se vayan sucediendo sobre este Fondo, tales como la aprobación del presupuesto, la delegación autorizada por la UE, las jornadas monográficas que se están celebrando con los beneficiarios, la Orden de convocatoria, el trámite de subsanación de defectos u omisiones, la resolución de la convocatoria y los trámites de justificación y pago de las subvenciones.
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