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REDR apuesta por el multifondo y más recursos para la implementación de estrategias de dimensión territorial en el Acuerdo de Asociación

15/04/2014 Área: Noticias sobre la REDR Fuente: REDR

Tras la presentación del borrador de Acuerdo de Asociación para el nuevo periodo 2014-2020 en el Consejo de Ministros del viernes 21 de marzo, desde el MAGRAMA se inició un proceso de información pública para incluir propuestas de los diferentes representantes del Desarrollo Rural en España. Desde entonces, la Red Española de Desarrollo Rural ha aportado sugerencias y recogido propuestas transmitidas por las Redes Territoriales y los Grupos de Desarrollo Rural durante el proceso de elaboración del Borrador (referidas al Desarrollo Local Participativo), muchas de las cuales se han visto reflejadas en el Acuerdo de Asociación.

España presentará a la Comisión Europea este documento el 22 de abril. Documento que recoge las medidas concretas de cara al período 2014-2020 para asegurar un enfoque integrado para el Desarrollo Territorial en la aplicación de los Fondos EIE dentro del Acuerdo de Asociación.

Entre las aportaciones realizadas a instancias de las propuestas elaboradas por las Redes Regionales y Grupos de Acción Local, recogidas por REDR, destaca, en primer lugar, la referencia a la inclusión del DLP en el Objetivo temático 9 del reglamento del MEC, que hace alusión a la inclusión y lucha contra la pobreza, y que limita el objetivo mucho más amplio que supone el desarrollo rural.

Otra de las modificaciones aportadas por los integrantes de la REDR es la inclusión de las peculiaridades que presentan las zonas rurales frente a las zonas urbanas desfavorecidas. Si bien la inclusión financiera se realiza en el apartado 9b de apoyo a la regeneración económica de zonas urbanas y rurales desfavorecidas, hay que tener en cuenta que las zonas rurales se enfrentan a problemas estructurales diferentes a las zonas urbanas desfavorecidas y, por lo tanto, es necesario considerar esta situación a la hora de prever disponibilidades financieras y posibilidades de ejecución de proyectos que en nada tienen que ver los unos con los otros. Las zonas rurales no solo necesitan intervenciones financieras para la dinamización económica, sino que requieren, además, de apoyo para reducir la brecha tecnológica o para la mayor participación de sus vecinos.

También destaca la inclusión los territorios periurbanos dentro de las zonas donde aplica este enfoque DLP. En zonas escasamente pobladas, la población mínima podrá ser inferior a 10.000 habitantes: esta es otra de las novedades que se aportan al documento; esta excepción será debidamente justificada en los programas pertinentes. Este punto es de vital importancia ya que, de no ser modificado, mantener la redacción de este apartado tal cual podría excluir directamente a zonas rurales y de montaña que en la actualidad han estado gestionando Programas de Desarrollo Rural –Leader- e incluso en algún caso desde sus inicios en el año 1.992.

Otra de las correcciones que se presenta es la relativa a las situaciones de zonas desfavorecidas donde se aplique el DLP. Las estrategias de DLP podrán beneficiar a los territorios que se encuentren es situaciones especialmente difíciles para su desarrollo, sean rurales, periurbanas o costeras. Pero esto implica que se deberá definir con más claridad la integración de estos territorios y la disponibilidad de los multifondos, teniendo en cuenta la especial situación del mundo rural.

Respecto a las aportaciones de FEADER, se propone destinar un porcentaje de este fondo (mínimo 10% de la dotación de cada PDR) a LEADER, complementado con el resto de Fondos EIE, en la medida de poder cumplir con los objetivos de la estrategia de Desarrollo y al objeto de mantener el número de GALS/GDR que hay en la actualidad. Las estrategias de desarrollo local se aplicarán en territorios rurales con financiación FEADER y con el apoyo de FEDER y FSE.

En este documento de aportaciones al enfoque integrado para el Desarrollo Territorial Participativo se sigue considerando el plurifondo como un elemento imprescindible para la supervivencia del modelo LEADER en España. La opción de los Grupos de Acción Local es, claramente, la adopción del plurifondo, ya que de otra forma, no se podrán ejecutar con calidad y eficacia las estrategias previstas en los territorios ni disponer de los recursos humanos y técnicos adecuados.

En cuanto a la articulación del proceso de selección conjunto, desde la REDR se considera que la preselección de los GAL es una opción necesaria. También opina que sería conveniente establecer la opción de o bien articular un proceso de selección en dos fases como el que se detalla en la propuesta AA o bien un proceso en el que se seleccionen a la vez GAL y estrategia. Esta última opción de establecer una preselección, dice la REDR, debe permitir a los GAL preseleccionados poder admitir presolicitudes de proyectos, la imputación de gastos de personal, e iniciativas innovadoras y de mayor impacto en el empleo siempre bajo el condicionante de una posterior aprobación definitiva en base a la estrategia. Se propone que dicha opción sea acordada por las AG y las redes territoriales, como representantes de los GAL en cada CC.AA.

La Red Española de Desarrollo Rural apuesta porque la convocatoria del concurso público no deba ser optativa, sino obligatoria; de lo contrario, dice, será muy difícil ajustar el diagnóstico territorial a las estrategias, ya que primero tiene que estar aprobado el modelo territorial, para después ser diagnosticado y que, posteriormente, las estrategias sean elaboradas. No se pueden diagnosticar y elaborar estrategias sin saber cuáles son los territorios preseleccionados, asegura la Red.

En el apartado de las condiciones necesarias que deben reunir las organizaciones candidatas a  Grupos de Acción Local, se hace una salvedad, incluyendo en dichas condiciones no sólo a las que tengan ya personalidad jurídica pública o privada y estén constituidas, sino que se consideren también las que se encuentran en trámite de constitución. Cuando se establece que las organizaciones candidatas deben “Tener personalidad jurídica pública o privada constituidas al amparo de la Ley Orgánica 1/2012 o normativa equivalente de la Comunidad Autónoma”, debería introducirse  “o estar en trámite de constitución” pues en Extremadura (como ejemplo) existen 2 Consorcios Públicos y una Sociedad Limitada que inicialmente y según esto quedarían excluida en aplicación de esta condición, dice el documento aportado por la REDR.

Otra de las condiciones necesarias para que una organización pueda convertirse en Grupo de Acción Local se recoge en una propuesta, que recomienda delimitar un territorio de actuación por términos municipales o partes de municipios, que integrarán un territorio definido y homogéneo con vínculos naturales, históricos, mediambientales, agrarios, culturales… Entre los socios deben figurar (de forma directa o bien indirecta, mediante entidades locales supramunicipales) la mayoría de los ayuntamientos del territorio afectado. Un ayuntamiento sólo podrá ser socio de una organización candidata.

En lo relativo a la convocatoria, REDR entiende que los indicadores objetivos que permitirán calcular la financiación aproximada de la estrategia -fijados en una cantidad que no será inferior a 3 millones de euros- son insuficientes, por lo que afirman que sólo con cifras superiores -5 millones de euros-, se garantiza un mínimo vital para conseguir una ejecución eficaz de las estrategias. En algún caso se podría singularizar la financiación, solo en los territorios insulares, con la correspondiente argumentación en los PDR, concluye.

En el caso de que las estrategias de desarrollo local finalmente seleccionadas no cubran la totalidad de las zonas de actuación previamente definidas, la Autoridad de Gestión podrá convocar un  nuevo concurso público, que estará finalizado antes del 31 de diciembre de 2015, abierto a todas las organizaciones interesadas que cumplan las condiciones que establecerán los Programas.

La REDR defiende que al final haya un solo GAL por cada territorio, pudiéndose integrar en él todos y cada uno de los actores locales de todas las candidaturas. La A.G para aquellos municipios que no hayan sido seleccionados en ninguna candidatura podrá asignarlos a otros GAL.

Por último, la Red Española de Desarrollo Rural hace referencia a la forma en la que se tramitan los procedimientos. Sus integrantes apuestan porque el Acuerdo de Asociación debe exigir la tramitación electrónica al 100% de todos los procedimientos, eliminando cualquier presentación en papel de documentación. Del mismo modo debe exigir procedimientos de gestión simples, breves y realistas; procedimientos de gestión que deben estar operativos al inicio del periodo de programación.

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