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Publicadas en el BOE las medidas del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016

14/05/2013 Área: Ayudas y Subvenciones Fuente: BOE

El Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 1 de febrero de 2013, se constituye como el instrumento financiador de las actividades de I+D+i durante el período 2013-2016, en la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación 2013-2020. El Plan Estatal incluye en su estructura una Acción Estratégica en Economía y Sociedad Digital 2013-2016, orientada como un reto para la economía digital y la sociedad en  general al que las actividades de I+D+i en el sector TIC pretenden dar respuesta. Esta acción estratégica articula un conjunto de medidas que persiguen impulsar la adopción de tecnologías digitales y el desarrollo de la Sociedad de la Información, posibilitando la transformación de la economía y la sociedad hacia un entorno digital que avanza de forma progresiva y mediante ella también se implanta, con carácter transversal en todos los sectores de actividad empresarial, convirtiéndose en el entorno dominante de lastransacciones económicas, la prestación de servicios públicos eficaces y eficientes y la definición de un nuevo modelo organización del trabajo y de relaciones sociales.

La Agenda Digital para España, aprobada por Acuerdo de Consejo de Ministros de 15 de febrero de 2013, incluye entre sus objetivos, el desarrollo de la economía digital, la reducción de costes de gestión en la administración y la mejora del servicio al ciudadano, el fortalecimiento del sector TIC español como fuente de generación de riqueza y empleo y el impulso de la I+D+i en las industrias del futuro. También contempla objetivos específicos de gran importancia para España como la incorporación de las TIC en las pequeñas y medianas empresas (en adelante, PYME), la seguridad, o la potenciación de la industria de contenidos y servicios digitales y, en general, la adopción de todos los objetivos de la Agenda Digital para Europa de 2015 y dar soporte a los de 2020.

Para llevar a cabo las actividades definidas en este nuevo marco de actuación que comparten la Acción Estratégica en Economía y Sociedad Digital y la Agenda Digital para España, resulta necesario aprobar unas bases para el conjunto de ayudas que se prevén, para el fomento de las TIC, que impulsen al liderazgo empresarial en I+D+i de las empresas españolas y que sirvan para incrementar su competitividad a través de la generación e incorporación de conocimientos, tecnologías e innovaciones destinadas a la mejora de procesos y la creación de productos y servicios tecnológicamente avanzados y de mayor valor añadido.

Las ayudas concedidas a proyectos incluidas en el ámbito de aplicación de esta orden respetarán lo establecido en el Reglamento (CE) n.º 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías), publicado en el «Diario Oficial de la Unión Europea» L 214, de 9 de agosto de 2008. Estas ayudas pueden ser cofinanciadas por fondos comunitarios, dentro de algunos de los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). Por ello, se recoge la plena aplicación de los mecanismos de gestión y control incluidos en los programas operativos e instrumentos aplicables a dichos fondos.

En el procedimiento de evaluación se establece la posibilidad de evaluación en una o en dos fases. Se contempla la posibilidad de realizar el pago anticipado de las ayudas de forma fraccionada y con aportación de garantías.

Puedes acceder aquí a la publicación oficial completa en el BOE:

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