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ADERSUR publica una nueva convocatoria de ayudas LEADER para la comarca Sierra Suroeste de Extremadura

06/05/2024 Área: LEADER Fuente: ADERSUR / REDR

Accede a la convocatoria de ayudas públicas Metodología LEADER (Ref. Convocatoria 1/2024 022) gestionadas por ADERSUR.

La presente convocatoria tiene por objeto convocar ayudas incluidas en la Submedida 19.2. Apoyo para la realización de las operaciones DE EQUIPAMIENTO Y BIENES DE EQUIPOS conforme a la estrategia de desarrollo local participativo del PDR de Extremadura 2014-2020 prorrogado, y en consonancia, con los objetivos de la "Estrategia de Desarrollo Local Participativo de Sierra Suroeste. Leader 2014-2020". EDLP http://www.cederjerez.com/ El PDR de Extremadura FEADER 2014- 2022 ha sido modificado mediante DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN, de 10-12-2021, por la que se aprueba la modificación del programa de desarrollo rural de Extremadura (España) a efectos de la concesión de ayudas del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y se modifica la Decisión de Ejecución C (2015) 8193, de 18 de noviembre de 2015 (C) (2021) 9461 final).

El ámbito geográfico de aplicación será el de la comarca Sierra Suroeste de Extremadura incluyendo los municipios de Fregenal de la Sierra; Higuera la Real; Jerez de los Caballeros; Oliva de la Frontera; Salvaleón, Salvatierra de los Barros, Valencia del Mombuey, Valle de Matamoros, Valle de Santa Ana y Zahinos.

Serán objeto de subvención, las siguientes actuaciones amparadas por los Art.11, 12, 13, 14 y 15 de la Orden de 18 de noviembre de 2020 por la que se regula el sistema de ayudas bajo metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo rural 2014-2020.

ACTUACIÓN 1 (Art. 12.) - Inversiones en la Creación y Desarrollo de Empresas y actividades no agrícolas en zonas rurales, conforme a la Orden de 18 de noviembre de 2020.

ACTUACIÓN 2 (Art. 11) - Inversiones en transformación y comercialización de PRODUCTOS AGRÍCOLAS, cuyo resultado sea un producto NO incluido en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme a la Orden de 18 de noviembre de 2020.

ACTUACIÓN 3 (Art. 13). - Servicios básicos para la economía y la población rural, conforme a la Orden de 18 de noviembre de 2020.

ACTUACIÓN 4 (Art. 15). - Mantenimiento, recuperación y rehabilitación del Patrimonio rural, conforme a la Orden de 18 de noviembre de 2020.

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