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La Asociación para el Desarrollo Rural de La Rioja Suroriental es un Grupo de Acción Local constituido por distintos ayuntamientos, mancomunidades, colectivos y asociaciones que actúa en 35 municipios (que suman un total de 21.747 habitantes y con una densidad de población de 15,41 hab/km2) de los valles del Leza, de Ocón, del Cidacos y del Alhama-Linares con el objetivo de gestionar la Iniciativa Comunitaria de Desarrollo Rural Leader Plus (2000-2006) que busca fortalecer políticas de desarrollo rural con un enfoque más territorial y en el que participen todos los agentes locales.
Para conseguir estos objetivos se han establecidos dos ejes prioritarios de actuación además de otro transversal:
Eje prioritario: Valorización de los recursos naturales y culturales propiciándose las siguientes acciones:
Eje secundario: valorizacion de los productos locales propiciándose las siguientes actuaciones:
Como ejes transversales y de apoyo a los anteriores: FORMACION (Reciclaje y cualificación profesional; asentamiento de costumbres y tradiciones; nuevas tecnologías); ACCIONES DE DIFUSION Y TRANSMISIBILIDAD y ACCIONES MEDIOAMBIENTALES.
Tienen como objetivo la generación de ingresos mediante la valorización del patrimonio natural y cultural y de productos locales y la mejora del entorno económico a fin de contribuir a la creación de empleo.
Tendrán prioridad aquellas actividades que estén dirigidas a fomentar las potencialidades endógenas de la zona. En todo caso, serán auxiliables las actividades e inversiones que tengan como finalidad:
Ayudas a la inversión en explotaciones agrarias (apartado 4.1 de las Directrices)
Ayudas a la inversión en el sector de la transformación y comercialización de productos agrarios (apartado 4.2 de las Directrices)
Se entenderá por transformación de un producto agrario una operación efectuada sobre el mismo en el que el resultado siga siendo un producto agrario.
Caso general: 40% (cuando las inversiones de transformación y comercialización se realicen en la propia explotación y su importe no supere los límites de 90.000 euros por UTA ó 180.000 euros por explotación, se consideran inversiones en explotaciones agrarias).
Quedan incluidas actividades e inversiones de turismo rural, desarrollo de la artesanía y cualquiera que no se englobe en el apartado anterior. Carácter general: la intensidad bruta de la ayuda no excederá del 15% en el caso de pequeñas empresas y del 7,5% en el caso de medianas empresas. La Rioja: 37% CLAUSULA DE “MINIMIS” (Sólo se aplica a actividades productivas de las PYMES)
La ayuda pública que podrá recibir un titular por proyecto no podrá ser superior a 250.000 euros, salvo en proyectos de cooperación que puede cuyo límite será de 500.000 euros.
En el caso de que un proyecto acumule alguna otra ayuda pública a la concedida y/o computada en el marco Leader, no podrán superar los límites anteriores.
Son aquellas actividades que teniendo un interés público y/o colectivo no constituyen por si mismas una actividad económica.
Tendrán prioridad aquellas actividades que estén dirigidas a fomentar las potencialidades endógenas de la zona. En todo caso, serán auxiliables las actividades e inversiones que tengan carácter no productivo encaminadas a:
No son subvencionables inversiones en infraestructuras de un coste total superior a 90.000 euros, ni las que hayan sido declaradas de reserva a favor de las Entidades Locales.
Ayuda pública total máxima: 100% de la inversión
La ayuda pública que podrá recibir un titular por proyecto no podrá superar los siguientes límites:
Las ayudas a la formación y al empleo están destinadas a fomentar las acciones de formación profesional, la formación previa, incluyendo la actualización de conocimientos, la orientación y el asesoramiento, tendentes a facilitar la inserción profesional de los trabajadores y la estabilidad y mantenimiento de empleo.
Tendrán prioridad aquellas actividades que estén dirigidas a fomentar las potencialidades endógenas de la zona. En todo caso, serán auxiliables las actividades e inversiones que tengan como finalidad:
Preparación, funcionamiento, gestión y evaluación de las acciones de formación, orientación y asesoramiento profesional.
Fecha de presentación de solicitudes: hasta el 1 de noviembre de 2006.
Concesión de ayudas: hasta el 31 de diciembre de 2006.
Solicitud de Ayuda con la documentación requerida Si del análisis de la documentación se deduce falta de algún requisito o documento, se comunicará al titular al que se dará un plazo de 30 días para completar o acreditar las exigencias requeridas.
Certificado de no comienzo de actividad Las inversiones deberán realzarse con posterioridad a la solicitud y una vez realizada el acta de no incio por parte del tecnico.
Informe técnico de subvencionabilidad (2 meses para resolver)
Comité de Seguimiento, Contrato de Ayuda (18 meses de ejecución y 30 días para su firma a partir de la comunicación de resolución), Certificación final Comité de Seguimiento, Pago de la Ayuda.
El C.S podrá conceder, previa solicitud del beneficiario, un anticipo de hasta un 40% de la ayuda que se hará efectivo una vez que se firme el contrato de ayuda. Para el abono de éste se exigirá la presentación de un aval o fianza del 110% del importe de la subvención anticipada.
Podrán aprobarse certificaciones parciales por un importe mínimo de 36.000 Euros y pagarse la parte de la ayuda que corresponda a tales certificaciones, previa deducción de la parte proporcional del anticipo, si se hubiere concedido.
Aguilar del Río Alhama, Alfaro, Alcanadre, Ausejo, Aldeanueva de Ebro, Arnedillo, Arnedo, Autol, Bergasa, Bergasilla Bajera, Cervera del Río Alhama, Corera, Cornago, El Redal, El Villar de Arnedo, Enciso, Galilea, Grávalos, Herce, Igea, Lagunilla de Jubera, Munilla, Muro de Aguas, Navajún, Ocón, Pradejón, Préjano, Quel, Rincón de Soto, Robres del Castillo, Santa Engracia de Jubera, Santa Eulalia Bajera, Tudelilla, Valdemadera, Villarroya, y Zarzosa
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